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Usted puede tener ya un arma en casa

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Nacionales.-Los mexicanos tienen derecho a poseer armas en su domicilio, para su seguridad y legítima defensa, señaló el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Guardia Nacional.

El documento, publicado por la Secretaría de Gobernación y expedido por el presidente Andrés Manuel López Obrador el pasado 22 de marzo, precisa en su artículo 10 que no se podrán tener en los hogares las armas prohibidas por la Ley Federal y de las reservadas para el uso exclusivo de la Fuerza Armadapermanente y los cuerpos de reserva.

La ley federal determinará los casos, condiciones, requisitos y lugares en que se podrá autorizar a los habitantes la portación de armas», indica el decreto en el artículo 10.

El Congreso de la Unión dentro de los 60 días naturales siguientes a la entrada en vigor de este decreto, expedirá la Ley de la Guardia Nacional y hará las adecuaciones legales conducentes.

Asimismo, expedirá las leyes nacionales que reglamenten el uso de la fuerza y del registro de detenciones dentro de los 90 días naturales siguientes a la entrada en vigor de este decreto.

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